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La asamblea del club Deportivo Municipal rechazó la noche del miércoles una carta notarial presentada por un grupo de socios contra el apoderado de la institución, Eduardo Osterling, que pudo poner en riesgo el buen manejo económico de la institución.

 

El documento, que lleva la firma de 15 socios –algunos de los cuáles pidieron disculpas públicas por haber respaldo este papel e inclusive decir que sentían vergüenza por lo hecho- exigía a Eduardo Osterling no seguir ejerciendo el cargo de apoderado, afirmando incluso que cometía el delito de FRAUDE EN LA ADMINISTRACIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS.

 

A continuación, transcribimos el contenido importante y textual de la citada carta notarial:

 

“Los recurrentes como en nuestra calidad de socios del Club Centro Deportivo Municipal, hemos tomado conocimiento en la sesión de Consejo Directivo de fecha 20/10/2010 que su persona ha sido nombrada apoderado de nuestro Club Centro Deportivo Municipal, mediante acta de fecha 20/10/2010, dicha acta se presentó ante la SUNARP el día 27/01/2011 e inscrita con fecha 09 de febrero de 2011; es decir, se presentó y se inscribió el título cuando usted cesó en el período de la Junta Directiva (2009 al 2010) que lo designó como apoderado en dicho periodo.

 

Es el caso Sr. Eduardo Alejandro Osterling Vogelmann, como es de su pleno conocimiento usted ha sido nombrado apoderado el día 20 del mes de octubre 2010 cuando terminaba su período la Junta Directiva y lo más grave consideramos que se presentó ante la SUNARP en el mes de enero del año 2011 cuando la Junta Directiva era ya otra (período 2011 al 2012) pero usted al contrario de su oposición dio su consentimiento aceptando tal designación y ejerciéndolo.

 

3. De la lectura de las facultades conferidas a su persona se concibe que le delegaron la totalidad de las facultades y responsabilidades de la Junta Directiva, la misma consideramos un abuso de tal función de la Junta Directiva; por la razón y la ley nadie puede hacer Abuso de Derecho, por tanto ejercemos nuestro derecho de estar informados del desenvolvimiento institucional, por ley es de su obligación que usted debe rendir cuentas de las facultades encomendades y que el incumplimiento de tal rendición de cuentas se enmarcarían dentro del ilícito penal configurándose la figura delictiva de FRAUDE EN LA ADMINISTRACIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS artículo 198 del Código Penal.

 

Por tanto, usted viene ejerciendo un poder que fue dado al final de un período de gobierno e inscrito cuando los poderdantes ya no ejercían dirección alguna dentro del Club Centro Deportivo Municipal, el continuar ejerciendolo se estaría incurriendo en un hecho sancionado poir la ley penal tal como lo prescribe el articulo antes referido del código penal.

 

Por lo anteriormente expuesto, le otorgamos en calidad de Socios un plazo de cuatro días naturales, para que su persona nos comunique en forma detallada y documentada respecto del manejo administrativo y económico realizado desde el 09 de febrero 2011 hasta la fecha.

 

Asimismo, le exhortamos a partir de la fecha de la recepción de la presente carta Notarial dejemos de reconocerlo como APODERADO DE LA ASOCIACIÓN CLUB DEPORTIVO MUNICIPAL y a la vez solicitamos deje continuar ejerciendo un cargo legalmente ya ha fenecido por imperio de la Ley Estatutario y Reglamentos Internos de nuestra Institución Deportiva toda vez que el cargo que usted está ostentando adolece de legalidad, y de no hacerlo nos veremos obligados a recurrir ante las Autoridades competentes, a fin de Salvaguardar los Intereses del club.

 

www.loslocosdesiempre.com

 

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